domingo, 21 de noviembre de 2010

codigo etico taxista

CODIGO ETICO PROFESIONAL DEL TAXISTA

Este Código Ético Profesional del Taxista se crea con el fin de fomentar el compañerismo y la
convivencia entre los taxistas de nuestra ciudad y colaborar en la mejora de la imagen que el
usuario percibe de nosotros. Varios puntos de este Código Ético ya vienen recogidos en Las
Ordenanzas Municipales y en nuestro Reglamento Metropolitano del Taxi, pero siempre viene bien
recordarlos.

1. Si circulas LIBRE no adelantes nunca a un compañero que también circule LIBRE para
ponerte delante de él a los 200 ó 300 metros. Si por descuido se da esta circunstancia,
procurarás desviarte ó cederle el paso lo antes posible y si algún usuario requiere tus
servicios no te alquilarás y le cederás el cliente al compañero que adelantaste.

2. No circules LIBRE a una velocidad muy reducida si ves que detrás de ti hay más
compañeros LIBRES, procura circular de forma dinámica.

3. Cede siempre el paso a los compañeros que van OCUPADOS, de esta forma se mejorará la
calidad del servicio y la imagen del sector.

4. No te alquiles a menos de 50 metros de una parada si en esta hay taxis LIBRES. (Artículo
39 Apartado 3). CAPÍTULO IV. De la prestación del servicio.

5. No te saltes el turno que te corresponde en la parada. Si el compañero que te precede
está hablando con algún posible cliente, no te alquiles hasta que quede claro que el
compañero se va a alquilar.

6. No utilices métodos inadecuados (tanto si vas circulando como si estás en parada) para
quitar un cliente a un compañero que va delante de ti.

7. Si te ves obligado a terminar un servicio obstaculizando el sentido de la circulación y
sabes que detrás de ti hay otro compañero en situación de LIBRE, deberás cederle el paso
o cambiar de dirección en cuanto te sea posible.

8. No estaciones y abandones el taxi en una parada mucho tiempo. Si tienes que estacionar
un momento para tomar un café o ir al baño, hazlo de la forma que estorbes lo menos
posible y procura dejar siempre el taxi en la cola de la parada. Nunca dejes el taxi
estacionado si ves que no queda espacio físico para que otro compañero que está
trabajando pueda hacer uso de ella. (Recuerda que La Ley General de Circulación recoge
que las paradas de taxis son exclusivamente para los taxis LIBRES y de Servicio).

9. Cuando una parada esté vacía de taxis y haya varios clientes esperando colocados de
forma aleatoria dentro y fuera de la parada, colócate siempre en la cabeza de la parada.
Deja que decidan entre los clientes quien lleva más tiempo esperando taxi, de esta forma
acostumbraremos a los usuarios a colocarse correctamente en las paradas y de paso
poner un poco de orden. Recuerda que para que haya orden entre los clientes, primero
tiene que haber orden entre nosotros y debemos utilizar siempre el mismo criterio.

10. Los taxis que acudan a las mismas deberán colocarse y coger pasaje en orden
de llegada, respetando el derecho del usuario previsto en el artículo 9.13 de
este Reglamento. Cuando los conductores estén situados en las paradas de
taxi y sean requeridos por varias personas al mismo tiempo, el orden de
preferencia será el de espera de los usuarios, salvo en casos de urgencia
relacionados con enfermos o personas que precisen asistencia sanitaria. (Articulo 39 apartado 2a)

11. No entres nunca en guerra de precios. Nuestros servicios tienen un precio al igual que en
otras muchas profesiones. Cobrando de menos se desprestigia al sector y haces quedar
mal al compañero que cobra el precio justo establecido por las autoridades.

12. No pongas el taxímetro en marcha hasta que el cliente no te indique el punto de destino.
(Artículo 39 apartado 7)

13. Nunca llegues a la puerta del cliente marcando el taxímetro más de la carrera máxima en
los servicios asignados por la emisora.

14. Sé siempre honesto a la hora de cobrar un servicio. Cumple siempre con lo que marque la
ley. La falta de consideración con los clientes en cuando a los cobros abusivos es una de
las cosas que más deteriora la imagen de nuestro sector y supone una perdida
considerable de clientes.

15. El taxi deberá ir siempre limpio, en caso contrario, no solo tu imagen queda en tela de
juicio, sino la de todo el colectivo.

16. Siempre ayudarás a un compañero en dificultades, tanto en caso de avería mecánica
como de intento de agresión verbal ó física.

17. Si algún cliente se deja olvidado algún objeto personal en tu taxi, comunícalo lo antes
posible. http://www.taxibarcelona.cat/tabid/1023/Default.aspx

18. Nunca deberás hablar mal de la profesión ó de los profesionales, así como de la ciudad en
la que trabajamos con los clientes, deberás defender al colectivo y a tu ciudad.

19. Nunca discutas ó mantengas una actitud inadecuada en público, procura utilizar la
discreción para corregir desavenencias sociales ó profesionales. Con educación y simpatía
fidelizas un cliente, en el caso inverso, perdemos todos muchos clientes.

20. Con el cliente, procura no tomar postura ante temas como, religión, política ó temas que
pudieran suscitar confrontación. Somos un Servicio Público y en el ejercicio de nuestra
profesión deberemos demostrar tolerancia y educación, nuestra imagen pública es
primordial ante la sociedad.

21. No dudes en recriminar y poner en conocimiento de las Autoridades o del Imet, el comportamiento o actitud de un compañero si va en contra de la ley
o de los principios básicos de compañerismo y profesionalidad. Está en juego la buena
convivencia entre nosotros y sobre todo la buena imagen de todo un sector

jueves, 19 de agosto de 2010

Emilio Calatayud II

LECCIONES MAGISTRALES II

Emilio Calatayud

Leccion magistral....

Colegio Profesional Taxi.

Disposiciones finales

Disposición final primera

Creación de un colegio profesional

El Gobierno, una vez elaborados los pertinentes estudios previos y con el informe del Consejo Catalán del Taxi, ha de impulsar, en el plazo de un año, las actuaciones necesarias para la creación de un colegio profesional vinculado al ejercicio de la profesión de taxista, que tenga como finalidad velar por un nivel de calidad adecuado de los servicios y por la defensa de los derechos e intereses de los profesionales del sector.

Disposición final segunda

Régimen de prestación de los servicios urbanos de taxi

Los entes competentes para otorgar las licencias para la prestación de los servicios urbanos de taxi han de regular, mediante una ordenanza o reglamento, el régimen a que debe someterse la prestación de estos servicios, en el marco de lo establecido por la presente Ley y por el resto de la legislación de aplicación.

Disposición final tercera

Reglamento

1. Se faculta al Gobierno para que, previa audiencia a las organizaciones asociativas de entes locales más representativas, dicte las normas de desarrollo de la presente Ley, especialmente las que se refieren a la elaboración de un reglamento aplicable a los servicios de taxi, en caso de que los entes locales no aprueben un reglamento propio.

Disposición final cuarta

Actualización de las sanciones

2. Se faculta al Gobierno, a propuesta del consejero o consejera competente en la materia, para actualizar el importe de las sanciones establecidas por la presente Ley, de acuerdo con la evolución de las circunstancias socioeconómicas y en función del incremento del índice de precios al consumo.

Disposición final quinta

Actualización del porcentaje de licencias

Se faculta al Gobierno para que, a iniciativa de la entidad local competente o del Consejo Catalán del Taxi, previo informe preceptivo respectivo, a propuesta del consejero o consejera competente en la materia y previo informe del Consejo Catalán del Taxi, actualice el porcentaje de licencias establecido por el artículo 8.2, atendiendo a las necesidades de una mejor ordenación del servicio y de estructuración del sector.

Disposición final sexta

Entrada en vigor

La presente Ley entra en vigor al mes de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

(Publicada en el "Boletín Oficial de la Generalidad de Cataluña" número 3926, de 16 de julio de 2003.)



jueves, 22 de abril de 2010

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